Desde el pasado 8 de octubre y hasta el próximo 31 de enero de 2024, se encuentra abierta la temporada de caza menor en toda la Comunidad de Madrid. Durante este periodo, los aficionados a la caza podrán practicar su actividad en conformidad con las regulaciones vigentes.
En Collado Mediano, se permite la actividad cinegética durante los domingos y festivos, en un horario específico que comprende desde las 8:00 hasta las 15:00 horas. La caza menor en esta área incluye especies como el conejo, liebre, Grajilla, urraca, corneja, zorro y palomas. No se permite la caza de la tórtola.
La Ley de Caza de la Comunidad de Madrid divide los terrenos cinegéticos en dos categorías principales. En primer lugar, se encuentran los terrenos de aprovechamiento común, pero actualmente, en la Comunidad de Madrid, se prohíbe, de manera general, la práctica de cualquier actividad cinegética en este tipo de terrenos, también conocidos como terrenos libres, a menos que se cuente con una autorización expresa.
Por otro lado, existen los terrenos de régimen especial, que se dividen en varias categorías, entre las que se destacan los parques nacionales según normativa específica, refugios de caza, zonas de caza controlada, cotos y reservas de caza. Cada una de estas categorías tiene sus propias regulaciones específicas con el objetivo de preservar la biodiversidad y proteger los espacios naturales de especial importancia.
Es importante mencionar las «Zonas de Seguridad», donde se prohíbe el uso de armas de caza. Estas zonas incluyen caminos, vías pecuarias, vías férreas, canales, cascos urbanos y otros lugares con el fin evidente de proteger a personas y bienes.
En el siguiente mapa se destacan en color pardo los cotos de caza de caza menor en torno a Collado Mediano. En este mapa se pueden consultar de forma interactiva.